Reglamento
Del Objeto y órganos de decisión
- Las Jornadas Turísticas Escolares son
eventos no competitivos, que tienen como único objeto propiciar
el estudio e investigación de la problemática turística
para los alumnos del nivel Polimodal y Medio de la Provincia de
Buenos Aires o sus equivalentes de
otras provincias, comenzando con la preparación al comienzo del
ciclo lectivo de cada año, y cuyo cierre se realizará los miércoles,
jueves y viernes después del fin de semana largo de octubre de cada año
- El órgano de decisión será la asamblea de
colegios intervinientes que se reunirá el día viernes, antes de la lectura
del documento final.
- Este reglamento podrá ser modificado por las ¾
partes de los votos de la asamblea
- En la asamblea tendrán voz todos los colegios que
participen en las Jornadas Turísticas, y
voto aquellos que hubiesen participado en tres Jornadas, en forma
ininterrumpida.
- Se considerará participante a aquel colegio que
presente por lo menos un grupo en el cierre de las Jornadas.
- Podrán modificarse todos los términos del presente
reglamento menos el artículo 1º.
- Cada establecimiento será representado por un
alumno y un profesor por cada 3 (tres) grupos o fracción para los
establecimientos que se encuentren hasta 50 Km. del lugar del cierre, y un
alumno y un profesor por cada grupo de establecimientos que se encuentren a
más de 50 Km.
De la Organización de la Jornadas
- Las Jornadas se dividen en dos etapas:
a) Preparación: Va
desde la Inscripación de los alumnos hasta la el primer
día del encuentro,
b) Cierre: Incluye
los tres días de Congreso, Expo y Presentación de Microemprendimientos
- Los grupos intervinientes podrán estar formados por
alumnos de Polimodal y/o Bachillerato Nocturno para la Enseñanza Media
de la Provincia de Buenos Aires o su equivalente de otras Provincias.
- Los grupos de alumnos tendrán como mínimo dos
integrantes y como máximo
seis; en el encuentro
final estarán acompañados por
un profesor tutor cada dos grupos, como mínimo, y uno por cada
grupo, como máximo
- Las Jornadas podrán ser organizadas por los
Establecimientos Educativos que hayan intervenido los últimos tres años en
forma consecutiva., y que serán elegidos en la asamblea anual.
- Organizar las Jornadas obligará a los
estableciumientos. a:
.
a) Mantener la Web con la información y localidades asignadas
b) Asiganar localidades
c) Organizar el encuentro en todas sus formas
d) Otorgar diplomas y presentes
a los grupos participantes
e) Publicitar el evento
f) Maximizar la atención a los grupos visitantes
g) Disponer de observadores-evaluadores en las tres actividades
- Las tareas que se realizarán en el encuentro serán
a) La Expo : Preparación de los stands y atención al visitante
b) Congreso: Realización de las reuniones por región y
generales
c) Microemprendimientos: Ajustes de los trabajos y presentanción de los
mismos ante una mesa observadora-evaluadora
- El o los establecimientos organizadores deberán
disponer de una vía de comunicación fluida durante el ciclo lectivo para
contestar a todas las dudas de los grupos intervinientes.
- Los organizadores podrán preparar actividades de
recreación durante los días del encuentro, siempre y cuando estas no
superen el 20% del tiempo previsto para las tareas del mismo
- Los colegios interesados en organizar el evento
tendrán un lugar de 30 x 80 para publicitar su propuesta, teniendo hasta
el segundo día del
encuentro para presentar la misma, .
- En caso de no presentarse ningún establecimiento interesado en organizar
las Jornadas del año siguiente, la asamblea, con la participación
de no menos del 50% de los integrantes, y convocados por el establecimiento
organizador de las últimas Jornadas, podrán elegir un organizador
siguiendo las pautas del presente reglamento.
De la financiación de las Jornadas
- La financiación total de las Jornadas correrá por cuenta de los
organizadores, a través de sus Cooperadoras y/o entidades asociadas, las
cuales arbitrarán los medios que crean convenientes para generar los fondos
necesarios. .
- Las Jornadas no deberán generar utilidades; si
existieran se podrán, trasladar los fondos para las siguientes Jornadas o
bien emplearlos en las presentes..
- Ningún miembro organizador de las Jornadas podrá
adquirir derechos y/o contraer obligaciones en nombre de las Jornadas Turísticas.